- Asociación Española de Cirujanos
- Asociación Española de Enfermeria en Traumatología y Ortopedia
- Asociación Española de Enfermería Quirúrgica
- Sistema Español de Notificación en Seguridad de Anestesia y Reanimación
- Sociedad Española de Cirugía Torácica-Cardiovascular
- Sociedad Española de Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del Dolor
- Sociedad Española de Angiología y Cirugía Vascular
- Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial de Cabeza y Cuello
- Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología
- Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia
- Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene
La SEGO es la Federación de las Sociedades de Ginecología y Obstetricia de las Comunidades Autónomas de España. Con sus más de 120 años de existencia tiene el privilegio de ser la Sociedad Científica más antigua de nuestra especialidad en toda Europa. Fué fundada en Madrid el 14 de Junio de 1874, bajo la presidencia del Dr. Francisco Alonso Rubio, con objeto de" estudiar a la mujer en los diferentes estados de su organismo". En 1987, con ocasión del XXIII Congreso Español celebrado en Oviedo, cambió la anterior denominación de Asociación de Ginecólogos Españoles (AGE) por el actual de Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO).
Según especifican sus actuales Estatutos, aprobados en 1994, son fines de la Sociedad:
Estimular el progreso científico de la Especialidad de Ginecología y Obstetricia. Promover reformas que contribuyan a mejorar la calidad de la atención sanitaria que nuestra Especialidad desarrolla. Representar ante el Estado, corporaciones públicas o cualquier entidad, el interés científico y asistencial de la Especialidad o de sus socios. Defender los intereses profesionales de los socios, bien por iniciativa de la Junta Directiva, a requerimiento de entidades autonómicas o de las secciones de la Sociedad, o a petición de algún socio cuando el motivo que se exponga no sea del ámbito exclusivo de una entidad autonómica o del interés principal de alguna sección, y siempre a juicio de la Junta Directiva. Establecer acreditaciones en aspectos concretos de la Especialidad para aquellos socios que reúnan ciertos requisitos y demuestren conocimientos específicos. Emitir opinión o dictamen sobre aspectos deontológicos, científicos, profesionales y/o legales que afecten a la Especialidad o a los Especialistas.